Incluye el importe de los instrumentos de capital propios en poder de la entidad.
Un activo financiero se considera deteriorado y, por tanto, se corrige su valor en libros para reflejar el efecto de dicho deterioro, cuando existe una evidencia objetiva de que se han producido eventos que dan lugar a:
– En el caso de instrumentos de deuda, un impacto negativo en los flujos de efectivo futuros que se estimaron en el momento de formalizarse la transacción (se consideran deteriorados los instrumentos sobre los que existen dudas razonables que hagan cuestionar la recuperación de su valor registrado y/o el cobro de sus correspondientes intereses, en las cuantías y fechas inicialmente pactadas).
– En el caso de instrumentos de patrimonio, que no pueda recuperarse íntegramente su valor en libros.
Los valores representativos de deuda no calificados como inversiones mantenidas hasta el vencimiento o a valor razonable con cambios en con cambios en resultados, y los instrumentos de patrimonio de entidades que no sean dependientes, asociadas o negocios conjuntos de la entidad y que no se hayan incluido en la categoría de a valor razonable con cambios en resultados. Esta categoría corresponde con la norma NIC 39, reemplazada por “Activos financieros a valor razonable con cambios en otro resultado global” bajo NIIF 9.
Los activos financieros registrados bajo este epígrafe están asignados a un modelo de negocio cuyo objetivo se alcanza obteniendo flujos de efectivo contractuales y / o vendiendo activos financieros pero que los flujos de efectivo contractuales no han cumplido con las condiciones de la prueba del SPPI.
Importes que se han de recuperar por impuestos en los próximos doce meses.
Impuestos que se han de recuperar en ejercicios futuros, incluidos los derivados de bases imponibles negativas o de créditos por deducciones o bonificaciones fiscales pendientes de compensar.
Un activo no corriente, o un grupo enajenable, cuyo valor en libros se pretende recuperar, fundamentalmente, a través de su venta, en lugar de mediante su uso continuado y cumpla los siguientes requisitos:
a) Que esté disponible para su venta inmediata en el estado y forma existentes a la fecha del balance de acuerdo con la costumbre y condiciones habituales para la venta de estos activos.
b) Que su venta se considere altamente probable.
Instrumentos designados por la entidad desde el inicio como a valor razonable con cambios en resultados. Una entidad sólo podrá designar un instrumento financiero a valor razonable con cambios en resultados, cuando al hacerlo se obtenga información más relevante, debido a que:
a) Con ello se elimine o reduzca significativamente alguna incoherencia en la valoración o en el reconocimiento (a veces denominada “asimetría contable”) que de otra manera surgiría al utilizar diferentes criterios para valorar activos y pasivos, o para reconocer ganancias y pérdidas en los mismos sobre bases diferentes. Podría ser aceptable designar sólo algunos dentro de un grupo de activos financieros o pasivos financieros similares, siempre que al hacerlo se consiga una reducción significativa (y posiblemente una reducción mayor que con otras designaciones permitidas) en la incoherencia.
b) El rendimiento de un grupo de activos o pasivos financieros, se gestione y evalúe según el criterio del valor razonable, de acuerdo con una estrategia de inversión o de gestión del riesgo que la entidad tenga documentada, y se facilite internamente información sobre ese grupo, de acuerdo con el criterio del valor razonable, al personal clave de la dirección de la entidad.
Son activos financieros que se gestionan conjuntamente con los “pasivos amparados por contratos de seguro o reaseguro” valorados a su valor razonable, con derivados financieros que tienen por objeto y efecto reducir significativamente su exposición a variaciones en su valor razonable o con pasivos financieros y derivados que tienen por objeto reducir significativamente la exposición global al riesgo de tipo de interés.
Se incluyen en estos capítulos, tanto la inversión como los depósitos de clientes a través de los seguros de vida en los que el tomador asume el riesgo de la inversión denominados ‘unit links’.
Activos y pasivos financieros adquiridos con el objetivo de beneficiarse a corto plazo de sus variaciones de valor. También incluyen los derivados financieros que no se consideran de cobertura contable y, en el caso de los pasivos financieros mantenidos para negociar, los pasivos financieros originados por la venta en firme de activos financieros adquiridos temporalmente o recibidos en préstamo (“posiciones cortas”).
Inmuebles, terrenos, mobiliario, vehículos, equipos de informática y otras instalaciones propiedad de la entidad o adquiridas en régimen de arrendamiento financiero.
Un acuerdo sobre el cual dos o más partes ejercen el control conjunto.
El ajuste por valoración del crédito es un ajuste que se hace en la valoración de los derivados OTC (activos) para reflejar en su valor razonable la posibilidad de que la contraparte incumpla y que no se reciba el valor de mercado total de la transacción.
El ajuste por valoración del crédito es un ajuste que se hace en la valoración de los derivados OTC (pasivos) para reflejar en su valor razonable la posibilidad de que la contraparte incumpla y que no se reciba el valor de mercado total de la transacción.
Un derecho a recibir por parte del arrendador, y una obligación de pagar por parte del arrendatario, una corriente de flujos de efectivo que son, en esencia, la misma combinación de pagos entre principal e intereses que se dan en un acuerdo de préstamo.
Riesgos derivados de la cobertura de exposición a un tipo de interés, instrumentalizada mediante la exposición a otro tipo de interés de acuerdo con otras condiciones ligeramente distintas.
Se determina dividiendo el “Atribuible a los propietarios de la dominante” entre el número medio ponderado de las acciones en circulación a lo largo del ejercicio o periodo; excluido el número medio de las acciones propias mantenidas en autocartera.
Se determina de forma similar al beneficio básico por acción, ajustando el número medio ponderado de las acciones en circulación y, en su caso, el resultado atribuido a los propietarios de la dominante, para tener en cuenta el efecto dilutivo potencial de determinados instrumentos financieros que pudieran generar la emisión de nuevas acciones (compromisos con empleados basados en opciones sobre acciones, warrants sobre las acciones de los propietarios de la dominante, emisiones de deuda convertible, etc.).
Métodos o prácticas que permiten a los bancos evaluar riesgos y asignar capital para cubrir los efectos económicos de las actividades de riesgo.
Incluye: capital, reservas de la matriz, reservas en las sociedades consolidadas, intereses minoritarios, la genérica computable, valores convertibles, deducciones y el beneficio atribuido neto.
Incluye: participaciones preferentes y valores perpetuos eventualmente convertibles y deducciones.
Incluye: subordinadas, participaciones preferentes e intereses minoritarios.
La norma clasifica los instrumentos financieros en tres categorías, que dependen de la evolución de su riesgo de crédito desde el momento del reconocimiento inicial. La primera categoría recoge las operaciones cuando se reconocen inicialmente (Stage 1), la segunda comprende las operaciones para las que se ha identificado un incremento significativo de riesgo de crédito desde su reconocimiento inicial (Stage 2) y, la tercera, las operaciones deterioradas (Stage 3).
Activo financiero o título de renta fija que se emite con la garantía de la cartera de préstamos hipotecarios de la entidad de crédito emisora.
Activo financiero o título de renta fija que se emite con la garantía de la cartera de préstamos del sector público de la entidad de crédito emisora.
Cubre el cambio en los tipos de cambios por las inversiones en el extranjero realizadas en moneda extranjera.
Cubren la exposición a la variación de los flujos de efectivo que se atribuye a un riesgo particular asociado con un activo o pasivo o a una transacción prevista altamente probable, siempre que pueda afectar a la cuenta de resultados.
Cubren la exposición a la variación en el valor razonable de activos o pasivos o de compromisos en firme aún no reconocidos, o de una porción identificada de dichos activos, pasivos o compromisos en firme, atribuible a un riesgo en particular, siempre que pueda afectar a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Una combinación de negocios es una transacción, o cualquier otro suceso, por el que una entidad obtiene el control de uno o más negocios.
Los ingresos y gastos en concepto de comisiones y honorarios asimilados se reconocen en la cuenta de resultados consolidados con criterios distintos según sea su naturaleza. Los más significativos son:
– Los vinculados a activos y pasivos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados, se reconocen en el momento de su cobro.
– Los que tienen su origen en transacciones o servicios que se prolongan a lo largo del tiempo, se reconocen durante la vida de tales transacciones o servicios.
– Los que responden a un acto singular, cuando se produce el acto que los origina.
Obligación post-empleo por la que la entidad realiza contribuciones de carácter predeterminado a una entidad separada, sin tener obligación legal ni efectiva de realizar contribuciones adicionales si la entidad separada no pudiera atender las retribuciones de los empleados relacionadas con los servicios prestados en el ejercicio corriente y en los anteriores.
Son obligaciones posibles de la entidad, surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya existencia está condicionada a que ocurran, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la entidad y que podrían dar lugar al reconocimiento de activos financieros.
Obligación post-empleo por la que la entidad, directamente o indirectamente a través del plan, conserva la obligación, contractual o implícita, de pagar directamente a los empleados las retribuciones en el momento en que sean exigibles, o bien de pagar cantidades adicionales si el asegurador, u otro obligado al pago, no atiende todas las prestaciones relativas a los servicios prestados por los empleados en el ejercicio presente y en los anteriores, al no encontrarse totalmente garantizado.
Son remuneraciones a los empleados, que se liquidan tras la terminación de su período de empleo.
Obligaciones actuales de la entidad, surgidas como consecuencia de sucesos pasados cuya existencia está condicionada a que ocurra o no uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la entidad.
Recoge el valor razonable de las pólizas de seguro para cubrir compromisos por pensiones.
Se entiende que una entidad controla a una participada cuando está expuesto, o tiene derecho, a unos rendimientos variables por su implicación en la participada y tiene la capacidad de influir en dichos rendimientos a través del poder que ejerce sobre la participada. Para que se considere que hay control debe concurrir:
a) Poder: Un inversor tiene poder sobre una participada cuando el primero posee derechos en vigor que le proporcionan la capacidad de dirigir las actividades relevantes, es decir, aquellas que afectan de forma significativa a los rendimientos de la participada;
b) Rendimientos: Un inversor está expuesto, o tiene derecho, a unos rendimientos variables por su implicación en la participada cuando los rendimientos que obtiene el inversor por dicha implicación pueden variar en función de la evolución económica de la participada. Los rendimientos del inversor pueden ser solo positivos, solo negativos o a la vez positivos y negativos.
c) Relación entre poder y rendimientos: Un inversor controla una participada si el inversor no solo tiene poder sobre la participada y está expuesto, o tiene derecho, a unos rendimientos variables por su implicación en la participada, sino también la capacidad de utilizar su poder para influir en los rendimientos que obtiene por dicha implicación en la participada.
Control compartido de un acuerdo, en virtud de un acuerdo contractual, que solo existe cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de todas las partes que comparten el control.
El precio de adquisición de los valores menos las amortizaciones acumuladas y más los intereses devengados, pero no los restantes ajustes por valoración.
Es el importe al que inicialmente fue valorado un activo financiero, o un pasivo financiero, menos los reembolsos de principal, más o menos, según el caso, la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento y, para el caso de los activos financieros, menos cualquier reducción de valor por deterioro reconocida directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor.
Es el cambio en el valor presente de las obligaciones de beneficios definidos por los servicios prestados por los empleados en periodos anteriores, puesto de manifiesto en el periodo corriente por la introducción o modificación de beneficios post-empleo o de otros beneficios a empleados a largo plazo.
Costo de los servicios del periodo corriente es el incremento, en el valor presente de una obligación por beneficios definidos, que se produce como consecuencia de los servicios prestados por los empleados en el periodo corriente.
Incluye los depósitos de cualquier naturaleza, incluidos los créditos recibidos y operaciones del mercado monetario, recibidos del Banco de España u otros bancos centrales.
Depósitos de cualquier naturaleza, incluidos los créditos recibidos y operaciones del mercado monetario a nombre de entidades de crédito.
Los importes de los saldos reembolsables recibidos en efectivo por la entidad, salvo los instrumentados como valores negociables, las operaciones del mercado monetario realizadas a través de contrapartidas centrales y los que tengan naturaleza de pasivos subordinados, que no procedan de bancos centrales ni entidades de crédito. También incluye las fianzas y consignaciones en efectivo recibidas cuyo importe se pueda invertir libremente.
Incluye el valor razonable a favor (activo) o en contra (pasivo) de la entidad de los derivados, que no formen parte de coberturas contables.
Derivados designados como instrumentos de cobertura en una cobertura contable. Se espera que el valor razonable o flujos de efectivo futuros de estos derivados compensen las variaciones en el valor razonable o en los flujos de efectivo de las partidas cubiertas.
Diferencias de cambio (ganancia o pérdida), netas: Recoge los resultados obtenidos en la compraventa de divisas y las diferencias que surjan al convertir las partidas monetarias en moneda extranjera a la moneda funcional. Conversión de divisas (Otro resultado global acumulado): las que se registran por conversión de los estados financieros en moneda extranjera a la moneda funcional del Grupo y otras que se registran contra patrimonio.
Rendimiento de instrumentos de capital cobrados anunciados en el ejercicio, que correspondan a beneficios generados por las entidades participadas con posterioridad a la adquisición de la participación.
Una entidad estructurada es una entidad que ha sido diseñada de modo que los derechos de voto y otros derechos similares no sean el factor primordial a la hora de decidir quién controla la entidad, por ejemplo en el caso en que los posibles derechos de voto se refieran exclusivamente a tareas administrativas y las actividades pertinentes se gestionen a través de acuerdos contractuales. Una entidad estructurada suele presentar algunas o todas de las características o de los atributos siguientes:
Aquellas sobre las que el Grupo tiene una influencia significativa aunque no su control. Se presume que existe influencia significativa cuando se posee directa o indirectamente el 20% o más de los derechos de voto de la entidad participada.
Aquellas sobre las que el Grupo tiene el control. Se entiende que una entidad controla a una participada cuando está expuesto, o tiene derecho, a unos rendimientos variables por su implicación en la participada y tiene la capacidad de influir en dichos rendimientos a través del poder que ejerce sobre la participada. Para que se consideren dependientes deben concurrir:
NIIF 9 requiere que una entidad debe evaluar un rango de posibles escenarios al estimar las provisiones y medir las pérdidas crediticias esperadas, a través de escenarios macroeconómicos base. El escenario macroeconómico base presenta la situación del ciclo económico en particular.
En la elaboración de los estados consolidados de flujos de efectivo se ha utilizado el método indirecto, de manera que, partiendo del resultado consolidado del Grupo, se incorporan las transacciones no monetarias y todo tipo de partidas de pago diferido y devengos que son o serán la causa de cobros y pagos de explotación en el pasado o en el futuro; así como de los ingresos y gastos asociados a flujos de efectivo de actividades clasificadas como de inversión o financiación. A estos efectos, además del dinero en efectivo se califican como componentes de efectivo o equivalentes, las inversiones a corto plazo en activos con gran liquidez y bajo riesgo de cambios en su valor; concretamente los saldos en caja y los depósitos en bancos centrales.
En la elaboración de los estados se han tenido en consideración las siguientes definiciones:
Los estados consolidados de ingresos y gastos reconocidos reflejan los ingresos y gastos generados en cada ejercicio, distinguiendo entre los reconocidos en las cuentas de pérdidas y ganancias consolidadas y los “Otros ingresos y gastos reconocidos”; que se registran directamente en el patrimonio neto consolidado.
Los “Otros ingresos y gastos reconocidos” incluyen las variaciones que se han producido en el periodo en los “Ajustes por valoración”, detallados por conceptos.
La suma de las variaciones registradas en el capítulo “Ajustes por valoración” del patrimonio neto consolidado y del resultado consolidado del ejercicio representa el “Total ingresos y gastos”.
Los estados consolidados de cambios en el patrimonio neto reflejan todos los movimientos producidos en cada ejercicio en cada uno de los capítulos del patrimonio neto consolidado, incluidos los procedentes de transacciones realizadas con los accionistas cuando actúen como tales y los debidos a cambios en criterios contables o correcciones de errores, si los hubiera.
La normativa aplicable establece que determinadas categorías de activos y pasivos se registren a su valor razonable con contrapartida en el patrimonio neto. Estas contrapartidas, denominadas “Otro resultado global acumulado”, se incluyen en el patrimonio neto consolidado del Grupo, netas de su efecto fiscal; que se registra como un activo o pasivo por impuestos diferidos, según sea el caso.
Activos, distintos de los instrumentos financieros, que se tienen para su venta en el curso ordinario del negocio, están en proceso de producción, construcción o desarrollo con dicha finalidad, o bien van ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. Las existencias incluyen los terrenos y demás propiedades que se tienen para la venta en la actividad de promoción inmobiliaria.
(Exposure at default – “EAD”) es el importe del riesgo contraído en el momento de impago de la contraparte.
Representará el pago anticipado realizado por la entidad adquirente de los beneficios económicos futuros derivados de activos de una entidad adquirida que no sean individual y separadamente identificables y reconocibles. El fondo de comercio solo se reconocerá cuando haya sido adquirido a título oneroso en una combinación de negocios.
Fondo que se configura como un patrimonio separado, administrado por una sociedad gestora. Una entidad que desea financiación vende determinados activos al fondo de titulización, y éste emite valores respaldados por dichos activos.
Aportaciones realizadas por los accionistas, resultados acumulados reconocidos a través de la cuenta de pérdidas y ganancias; y componentes de instrumentos financieros compuestos y otros instrumentos de capital que tienen carácter de patrimonio neto permanente.
Recoge el importe neto de los resultados acumulados (beneficios o pérdidas) reconocidos en ejercicios anteriores a través de la cuenta de pérdidas y ganancias que, en la distribución del beneficio, se destinaron al patrimonio neto.
Operaciones en las que la entidad garantice obligaciones de un tercero, surgidas como consecuencia de garantías financieras concedidas u otro tipo de contratos.
El saldo de operaciones dudosas, ya sea por razones de morosidad del cliente o por razones distintas a la morosidad del cliente, para Garantías concedidas. La cifra se muestra bruta, esto es, no se disminuye por las correcciones de valor (provisiones de insolvencias) contabilizadas.
Contratos por los que el emisor se obliga a efectuar pagos específicos para reembolsar al acreedor por la pérdida en la que incurre cuando un deudor específico incumpla su obligación de pago de acuerdo con las condiciones, originales o modificadas, de un instrumento de deuda, con independencia de su forma jurídica, que puede ser, entre otras, la de fianza, aval financiero, contrato de seguro o derivado de crédito.
Comprende todas las retribuciones del personal en nómina, fijo o eventual, con independencia de su función o actividad, devengadas en el ejercicio, cualquiera que sea su concepto, incluidos el coste de los servicios corrientes por planes de pensiones, las remuneraciones basadas en instrumentos de capital propio y los gastos que se incorporen al valor de activos. Los importes reintegrados por la Seguridad Social u otras entidades de previsión social, por personal enfermo, se deducirán de los gastos de personal.
Cuando el riesgo de crédito de un activo financiero ha aumentado significativamente desde el reconocimiento inicial, la corrección de valor por pérdidas de ese instrumento financiero se calcula como la pérdida crediticia esperada durante toda la vida del activo.
Es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de explotación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de esas políticas. Se presume que una entidad ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de dependientes), el 20 % o más de los derechos de voto de la participada, salvo que pueda demostrarse claramente que tal influencia no existe. A la inversa, se presume que la entidad no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de dependientes), menos del 20 % de los derechos de voto de la participada, salvo que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia. La existencia de otro inversor, que posea una participación mayoritaria o sustancial, no impide necesariamente que una entidad ejerza influencia significativa.
Usualmente, la existencia de influencia significativa por parte de una entidad se evidencia a través de una o varias de las siguientes vías:
Incluye los dividendos y retribuciones de instrumentos de capital cobrados o anunciados en el ejercicio, que correspondan a beneficios generados por las entidades participadas con posterioridad a la adquisición de la participación. Los rendimientos se registrarán por su importe bruto, sin deducir, en su caso, las retenciones de impuestos realizadas en origen.
Instrumento que refleja, una participación residual en los activos de la entidad que lo emite una vez deducidos todos sus pasivos.
Contrato que da lugar a un activo financiero en una entidad y, simultáneamente, a un pasivo financiero o instrumento de capital en otra entidad.
Importe correspondiente al incremento del patrimonio neto por conceptos diferentes de aportaciones de capital, resultados acumulados, reexpresiones de los estados financieros y otro resultado global acumulado.
Importe neto del patrimonio neto de las entidades dependientes atribuido a los socios externos del grupo (es decir, el importe que no se ha atribuido, directa o indirectamente, a la entidad dominante), incluido el importe en la parte que les corresponda del resultado consolidado del ejercicio.
Recoge los terrenos y edificios, o partes de edificios, propiedad de la entidad o en régimen de arrendamiento financiero, que se mantienen para obtener rentas, plusvalías o una combinación de ambas, y no se esperan realizar en el curso ordinario del negocio ni están destinados al uso propio.
Valores representativos de deuda que se negocien en un mercado activo, con vencimiento fijo y flujos de efectivo de importe determinado o determinable, teniendo la entidad, desde el inicio y en cualquier fecha posterior, tanto la positiva intención como la capacidad financiera demostrada de conservarlos hasta su vencimiento. Esta categoría corresponde con la norma NIC 39, reemplazada por “Activos financieros a valor razonable con cambios en otro resultado global” bajo NIIF 9.
Método empleado para la consolidación de las cuentas de las entidades dependientes del Grupo. Los activos y pasivos de las entidades del Grupo se incorporan línea a línea en el balance de situación consolidado, previa conciliación y eliminación de los saldos deudores y acreedores entre las entidades a consolidar.
Los ingresos y los gastos de las cuentas de pérdidas y ganancias de las entidades del Grupo se incorporan a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, previa eliminación de los ingresos y los gastos relativos a transacciones entre dichas entidades y de los resultados generados en tales transacciones.
Es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al coste, y es ajustada posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la parte de los activos netos de la participada que corresponde al inversor. El resultado del ejercicio del inversor recogerá la parte que le corresponda en los resultados de la participada y otro resultado global del inversor incluirá la parte que le corresponda de otro resultado global de la participada.
La clasificación de los instrumentos financieros en una categoría de coste amortizado o de valor razonable tiene que pasar por dos pruebas: el modelo de negocio y la evaluación del flujo de efectivo contractual, comúnmente conocido como el “Criterio de sólo pago de principal e intereses” (en adelante, SPPI).
Un instrumento financiero de deuda se clasificará a valor razonable con cambios en resultados siempre que por el modelo de negocio de la entidad para su gestión o por las características de sus flujos de efectivo contractuales no sea procedente clasificarlo en alguna de las otras carteras descritas.
Acuerdo conjunto en el que las partes que poseen el control conjunto del acuerdo ostentan derechos sobre los activos netos de este. Un partícipe en un negocio conjunto deberá reconocer su participación en dicho negocio como una inversión, y contabilizará esa inversión utilizando el método de la participación de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en entidades asociadas y en negocios conjuntos.
Acuerdo conjunto en el que las partes que poseen el control conjunto del acuerdo ostentan derechos sobre los activos de este y tienen obligaciones por sus pasivos. Un operador conjunto deberá reconocer los elementos siguientes en relación con su participación en una operación conjunta:
Un operador conjunto contabilizará los activos, pasivos, ingresos y gastos relacionados con su participación en una operación conjunta de acuerdo con las NIIF aplicables a los activos, pasivos, ingresos y gastos específicos de que se trate.
Operación que, cualquiera que sea su titular o garantías, se concede o se utiliza por razones económicas o legales relacionadas con dificultades financieras -actuales o previsibles- del titular (o titulares) para cancelar una o varias operaciones concedidas, por la propia entidad o por otras entidades de su grupo, al titular (o titulares) o a otra u otras empresas de su grupo económico, o por la que se pone a dichas operaciones total o parcialmente al corriente de pagos, con el fin de facilitar a los titulares de las operaciones canceladas o refinanciadas el pago de su deuda (principal e intereses) porque no puedan, o se prevea que no vayan a poder, cumplir en tiempo y forma con sus condiciones.
Operación en la que, por razones económicas o legales relacionadas con dificultades financieras, actuales o previsibles, del titular (o titulares), se modifican sus condiciones financieras con el fin de facilitar el pago de la deuda (principal e intereses) porque el titular no pueda, o se prevea que no vaya a poder, cumplir en tiempo y forma con dichas condiciones, aun cuando dicha modificación estuviese prevista en el contrato. En todo caso, se consideran como reestructuradas las operaciones en las que se realiza una quita o se reciben activos para reducir la deuda, o en las que se modifican sus condiciones para alargar su plazo de vencimiento, variar el cuadro de amortización para minorar el importe de las cuotas en el corto plazo o disminuir su frecuencia, o establecer o alargar el plazo de carencia de principal, de intereses o de ambos, salvo cuando se pueda probar que las condiciones se modifican por motivos diferentes de las dificultades financieras de los titulares y sean análogas a las que se apliquen en el mercado en la fecha de su modificación a las operaciones que se concedan a clientes con similar perfil de riesgo.
Operación que se pone total o parcialmente al corriente de pago como consecuencia de una operación de refinanciación realizada por la propia entidad u otra entidad de su grupo económico.
Operación en la que se modifican sus condiciones financieras sin que el prestatario tenga, o se prevea que pueda tener en el futuro, dificultades financieras; es decir, cuando se modifican las condiciones por motivos diferentes de la reestructuración.
Riesgos derivados de las opciones, incluidas las opciones implícitas.
Esta partida se desglosa en el balance consolidado en:
i) Reservas o pérdidas acumuladas de inversiones en negocios conjuntos y asociadas: incluye el importe neto de los resultados acumulados en ejercicios anteriores generados por entidades valoradas por el método de participación reconocidos a través de la cuenta de pérdidas y ganancias.
ii) Otras: incluye el importe de las reservas no recogidas en otras partidas, tales como los importes procedentes de ajustes de carácter permanente realizados directamente en el patrimonio neto como consecuencia de gastos en la emisión o reducción de instrumentos de capital propio, enajenaciones de instrumentos de capital propio y de la reexpresión retroactiva de los estados financieros por errores y cambios de criterio contable.
Incluye el importe de los planes de retribuciones a los empleados a largo plazo.
Son activos y pasivos que no dan ninguna clase de derecho a recibir o a entregar una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias, tal como los activos materiales e intangibles, el fondo de comercio y las acciones ordinarias que estén subordinadas a todas las demás clases de instrumentos de capital.
Incluye el importe de los pasivos directamente asociados con los activos clasificados como activos no corrientes en venta, incluidos los correspondientes a operaciones interrumpidas que estén registrados en el pasivo de la entidad a la fecha del balance.
Recoge las provisiones técnicas del seguro directo y del reaseguro aceptado registradas por entidades consolidadas para cubrir reclamaciones con origen en los contratos de seguro que mantienen vigentes al cierre del ejercicio.
Recoge los pasivos financieros que no tienen cabida en los restantes capítulos del balance de consolidado y que responden a las actividades típicas de captación de fondos de las entidades financieras, cualquiera que sea su forma de instrumentalización y su plazo de vencimiento.
Incluye el importe de todos los pasivos de naturaleza fiscal, excepto las provisiones por impuestos.
Recoge el importe a pagar por el impuesto sobre beneficios relativo a la ganancia fiscal del ejercicio y otros impuestos en los próximos doce meses.
Comprende el importe de los impuestos sobre beneficios a pagar en ejercicios futuros.
Importe de las financiaciones recibidas, cualquiera que sea la forma en la que se instrumenten que a efectos de prelación de créditos, se sitúen detrás de los acreedores comunes.
La parte residual de los activos de una entidad una vez deducidos todos sus pasivos. Incluye las aportaciones a la entidad realizadas por sus socios o propietarios, ya sea en el momento inicial o en otros posteriores, a menos que cumplan la definición de pasivo, así como los resultados acumulados, los ajustes por valoración que le afecten y, si procediere, los intereses minoritarios.
Incluye el importe de todas las provisiones constituidas para cobertura de las retribuciones post-empleo, incluidos los compromisos asumidos con el personal prejubilado y obligaciones similares.
El cálculo de las coberturas por riesgo de crédito en cada una de las tres categorías de riesgo, debe realizarse de manera diferente. De este modo, se debe registrar la pérdida esperada a 12 meses para las operaciones clasificadas en la primera de las categorías mencionadas, mientras que se deben registrar las pérdidas estimadas para toda la vida esperada remanente de las operaciones clasificadas en las otras dos categorías.
Importe de los pasivos financieros originados por la venta en firme de activos financieros adquiridos temporalmente o recibidos en préstamo.
Personal que ha cesado de prestar sus servicios en la entidad, pero que, sin estar legalmente jubilado, continúa con derechos económicos frente a ella hasta que pase a la situación legal de jubilado.
Aquellos créditos, cualquiera que sea su naturaleza, concedidos a terceros que no sean entidades de crédito.
El saldo de operaciones dudosas, ya sea por razones de morosidad del cliente o por razones distintas a la morosidad del cliente, para exposiciones en balance de préstamos con la clientela. La cifra se muestra bruta, esto es, no se disminuye por las correcciones de valor (provisiones de insolvencias) contabilizadas.
Son instrumentos financieros con flujos de efectivo de importe determinado o determinable y en los que se recuperará todo el desembolso realizado por la entidad, excluidas las razones imputables a la solvencia del deudor. En esta categoría se recogerá tanto la inversión procedente de la actividad típica de crédito (importes de efectivo dispuestos y pendientes de amortizar por los clientes en concepto de préstamo o los depósitos prestados a otras entidades, y los valores representativos de deuda no cotizados) así como las deudas contraídas por los compradores de bienes, o usuarios de servicios, que constituya parte del negocio de la entidad. También se incluyen las operaciones de arrendamiento financiero en las que las sociedades consolidadas actúan como arrendadoras. Esta categoría corresponde con la norma NIC 39, reemplazada por “Activos financieros a valor razonable con cambios en otro resultado global” bajo NIIF 9.
El importe desembolsado por los socios o accionistas en las emisiones de capital por encima del nominal.
Probability of default o “PD” es la probabilidad de que la contraparte incumpla sus obligaciones de pago de capital y/o intereses. La probabilidad de incumplimiento va asociada al rating/scoring de cada contraparte/operación.
Los productos estructurados de crédito son un tipo especial de instrumento financiero respaldado con otros instrumentos, formando una estructura de subordinación.
Incluye el importe constituido para cubrir obligaciones actuales de la entidad, surgidas como consecuencia de sucesos pasados, que están claramente identificadas en cuanto a su naturaleza, pero resultan indeterminadas en su importe o fecha de cancelación.
Provisiones constituidas para la cobertura de operaciones en las que la entidad garantice obligaciones de un tercero, surgidas como consecuencia de garantías financieras concedidas u otro tipo de contratos, y de compromisos contingentes, entendidos como compromisos irrevocables que pueden dar lugar al reconocimiento de activos financieros.
Importes constituidos en el ejercicio, netos de las recuperaciones de importes constituidos en ejercicios anteriores, para provisiones, excepto las correspondientes a provisiones y aportaciones a fondos de pensiones que constituyan gastos de personal imputables al ejercicio o costes por intereses.
Riesgos relativos a los desfases temporales en el vencimiento y la revisión de los tipos de interés de los activos y pasivos y las posiciones a corto y largo plazo fuera de balance.
El riesgo de correlación se da en aquellos derivados cuyo valor final depende del comportamiento de más de un activo subyacente (fundamentalmente cestas de acciones), e indica la variabilidad existente en las correlaciones entre cada par de activos.
(Loss given default – “LGD”) es la estimación de la pérdida en caso de que se produzca impago. Depende principalmente de las características de la contraparte y de la valoración de las garantías o colateral asociado a la operación.
La clasificación de los instrumentos financieros en una categoría de coste amortizado o de valor razonable tiene que pasar por dos pruebas: el modelo de negocio y la evaluación del flujo de efectivo contractual, comúnmente conocido como el “Criterio de sólo pago de principal e intereses” (SPPI).
Tipo de actualización que iguala exactamente el valor de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento, a partir de sus condiciones contractuales, tal como opciones de amortización anticipada, pero sin considerar las pérdidas por riesgo de crédito futuras.
Los seguros de vida en los que el tomador asume el riesgo son aquellos contratos de seguros en los que los fondos en que se materializan las provisiones técnicas del seguro se invierten en nombre y por cuenta del asegurador en participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC´s) y otros activos financieros elegidos por el tomador del seguro, que es quien soporta el riesgo de la inversión.
Es el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición.
Obligaciones y demás valores que creen o reconozcan una deuda para su emisor, incluso los efectos negociables emitidos para su negociación entre un colectivo abierto de inversionistas, que devenguen una remuneración consistente en un interés, implícito o explícito, cuyo tipo, fijo o definido por referencia a otros, se establezca contractualmente, y se instrumenten en títulos o en anotaciones en cuenta, cualquiera que sea el sujeto emisor.
Es la variable básica para medir y controlar el riesgo de mercado del Grupo. Esta medida de riesgo estima la pérdida máxima, con un nivel de confianza dado, que se puede producir en las posiciones de mercado de una cartera para un determinado horizonte temporal.
Las cifras de VaR se estiman siguiendo dos metodologías:
El VaR con alisado se adapta con mayor rapidez a los cambios en las condiciones de los mercados financieros, mientras que el VaR sin alisado es una medida, en general, más estable que tenderá a superar al VaR con alisado cuando predomine la tendencia a menor volatilidad en los mercados y tenderá a ser inferior en los momentos en que se produzcan repuntes en la incertidumbre reinante en los mismos.
Riesgos derivados de los cambios en la pendiente y la forma de la curva de tipos.