Logotype

Informe con Relevancia Prudencial 2015

5.3. Características más importantes del sistema de remuneración

Imprimir esta página

El sistema retributivo aplicable al Colectivo Identificado en BBVA contiene una serie de particularidades con respecto al aplicable al resto de la plantilla, ya que para este Colectivo se ha establecido un esquema especial de incentivación variable, alineado con los requerimientos legales, las recomendaciones y las mejores prácticas de mercado, tal y como se expone más adelante.

Con arreglo a la política retributiva de BBVA, el sistema retributivo se compone de:

1. Retribución fija

La retribución fija en BBVA se establece tomando en consideración el nivel de responsabilidad y la trayectoria profesional del empleado en el Grupo, fijándose una referencia salarial para cada función que refleja su valor para la Organización. Esta referencia salarial se define mediante el análisis de la equidad interna y el contraste con el mercado a través del asesoramiento de firmas especializadas líderes en materia de compensación.

En la retribución total del empleado el componente fijo constituirá una parte suficientemente elevada para permitir la máxima flexibilidad respecto a los componentes variables.

2. Retribución variable

La retribución variable de BBVA constituye un elemento clave en la política retributiva del Banco, ya que retribuye la creación de valor en el Grupo a través de cada una de las áreas y unidades que configuran BBVA, recompensando, en definitiva, las aportaciones individuales, de los equipos y la agregación de todos ellos a los resultados recurrentes del Grupo.

La retribución variable anual en BBVA correspondiente a 2015 estaba constituida por un único incentivo en efectivo que se otorga de manera anual (en adelante “Retribución Variable Anual”) diseñado de manera que esté alineadocon la gestión prudente de los riesgos y la generación de valor a largo plazo.

Los aspectos esenciales de la Retribución Variable Anual 2015 se detallan a continuación:

2.a) Retribución variable anual en efectivo.

El modelo de retribución variable anual de BBVA correspondiente al ejercicio 2015 está basado en el establecimiento de unos indicadores de creación de valor para cada unidad que junto con la evolución del resultado del área a la que pertenece y del Grupo en su conjunto, determinan la retribución variable a repartir a los integrantes de dicha unidad, realizándose la distribución entre ellos sobre la base del desempeño individual, que se concreta a través de una evaluación individual de los indicadores establecidos.

Los mencionados indicadores de unidad son de dos tipos: financieros y no financieros propios de cada unidad.

BBVA considera la gestión prudente del riesgo como un elemento determinante dentro de su política de retribución variable, por ello para 2015 se estableció el Beneficio Económico Añadido (BEA) como uno de los indicadores financieros para el cálculo de la retribución variable anual de toda su plantilla.

Técnicamente, el BEA es el resultado de sustraer del Beneficio Económico el producto del capital utilizado en cada negocio por el coste del mismo o tasa de retorno esperada por los inversores. El Beneficio Económico se distingue del Beneficio Contable por la utilización de criterios económicos frente a criterios contables regulatorios en determinadas operativas.

Así, puede decirse que conceptualmente el BEA es el beneficio económico recurrente generado por encima de las expectativas del mercado en términos de remuneración al capital.

Además, se ha establecido que los indicadores propios de las unidades que realizan funciones de control (Auditoría Interna, Cumplimiento Normativo, Global Accounting & Informational Management, Secretaría General y Riesgos) tuvieran un mayor peso que los indicadores financieros, para reforzar la independencia del personal que ejerza funciones de control respecto de las áreas que supervisa.

De este modo, la retribución variable anual de BBVA se ha configurado combinando resultados del empleado (financieros y no financieros) con los de su Unidad, los del Área a la que pertenecen y los del Grupo en su conjunto; y utilizando el indicador financiero BEA, que además de incorporar los riesgos presentes y futuros, considera el coste de capital en el que se incurre para la obtención de esos beneficios.

2.b) Sistema de liquidación y pago de la Retribución Variable Anual

Con arreglo al sistema específico de liquidación y pago de la Retribución Variable Anual 2015 aplicable a los miembros del Colectivo Identificado:

  • La Retribución Variable Anual 2015 del Colectivo Identificado se abonará a partes iguales, en efectivo y en acciones de BBVA.
  • El pago del 40% de la Retribución Variable Anual – 50% en el caso de consejeros ejecutivos y miembros de la Alta Dirección– tanto en efectivo como en acciones, se diferirá en el tiempo, abonándose la cantidad diferida al finalizar el periodo de tres años, y sometida al cumplimiento de los siguientes indicadores de evaluación plurianual aprobados por el Consejo de Administración para el periodo de tres años de diferimiento:
Tabla 78. Sistema de liquidación y pago de la Retribución Variable Anual
Indicador Ponderación
TSR relativo 10%
ROE 10%
Patrimonio Económico/CER 30%
Coste de Riego 20%
LSCD (Préstamos sobre recursos estables) 30%

La Retribución Variable Anual diferida podrá verse reducida, pudiendo incluso llegar a ser cero, sin que en ningún caso la aplicación de los indicadores anteriores pueda suponer un incremento de la misma.

  • Todas las acciones que se entreguen conforme a las reglas señaladas serán indisponibles durante seis meses desde su entrega, aplicándose esta retención sobre el importe neto de las acciones, una vez descontada la parte necesaria para hacer frente al pago de los impuestos por las acciones recibidas. Se establece además la prohibición de realizar coberturas tanto por las acciones entregadas indisponibles como por las acciones pendientes de recibirse.
  • Las partes diferidas de la Retribución Variable Anual 2015 serán objeto de actualización en los términos que establezca el Consejo de Administración.
  • Por último, el componente variable de la remuneración correspondiente a un ejercicio de los miembros del Colectivo Identificado quedará limitado a un importe máximo del 100% del componente fijo de la remuneración total, salvo para aquellas posiciones aprobadas por la Junta General, que podrá alcanzar hasta el 200%.

Además, las partes de la Retribución Variable Anual que se encuentren diferidas y pendientes de abono de acuerdo con las reglas anteriores, no serán pagadas a los miembros del Colectivo Identificado cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias con anterioridad a la fecha de abono (“cláusulas malus”):

i. Que el beneficiario no hubiese generado el derecho a la retribución variable anual de un ejercicio como consecuencia del efecto en los resultados del ejercicio de operaciones contabilizadas en ejercicios anteriores en los que sí generó el derecho al cobro de la retribución variable anual.

ii. En caso de que haya sido sancionado por un incumplimiento grave del código de conducta y demás normativa interna, en particular la relativa a riesgos, que le resulte de aplicación.

iii. En caso de extinción de la relación contractual, sólo se mantendrá el derecho de cobro de las cantidades diferidas en los mismos términos que si hubiese permanecido en activo en los supuestos de jubilación, prejubilación, despido improcedente, declaración de incapacidad laboral permanente en todos sus grados o fallecimiento, y en el caso de extinción por mutuo acuerdo, donde se estará a lo pactado por las partes.

Además, si en un ejercicio el Grupo BBVA obtuviese resultados financieros negativos (presentase pérdidas), sin considerar los resultados singulares, los beneficiarios no recibirán ni la Retribución Variable Anual que corresponda al ejercicio al que se refieran las pérdidas ni las cantidades diferidas que correspondiese abonarles en el ejercicio en el que se aprueben las cuentas anuales que reflejen dichos resultados negativos.

En todo caso la retribución variable se pagará únicamente si resulta sostenible de acuerdo con la situación del Grupo BBVA en su conjunto y si se justifica en función de los resultados de la entidad.

Como se ha indicado, el sistema retributivo descrito se aplica al Colectivo Identificado que incluye a los consejeros ejecutivos del Banco.

Sin perjuicio de lo anterior, la Política de remuneraciones de los consejeros de BBVA distingue entre el sistema retributivo de los consejeros ejecutivos del que resulta aplicable a los consejeros no ejecutivos, de conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales del Banco.

Así, la descripción del sistema retributivo aplicable a los consejeros no ejecutivos de BBVA se incluye de forma detallada en la Política de remuneraciones de los consejeros que fue aprobada por la Junta General, así como en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros. De conformidad con lo establecido en dichos documentos, los consejeros no ejecutivos no reciben remuneración variable; percibiendo una cantidad fija anual en efectivo por ostentar la condición de consejero y otra cantidad para los miembros de las distintas Comisiones, dándose una mayor ponderación al ejercicio de la función de Presidente de cada Comisión y fijándose el importe relativo según la naturaleza de las funciones atribuidas a cada Comisión.

Además, el Banco cuenta para sus consejeros no ejecutivos con un sistema de retribución con entrega diferida de acciones, aprobado por la Junta General de Accionistas, que constituye asimismo una retribución fija, y que consiste en la asignación anual a dichos consejeros, como parte de su remuneración, de un número de “acciones teóricas” del Banco que serán objeto de entrega efectiva, en su caso, en la fecha de su cese como consejeros por cualquier causa que no sea debida al incumplimiento grave de sus funciones. El número anual de “acciones teóricas” a asignar a cada consejero no ejecutivo será equivalente al 20% de la retribución total en efectivo percibida en el año anterior por cada uno de ellos, según la media de los precios de cierre de la acción de BBVA durante las 60 sesiones bursátiles anteriores a las fechas de las respectivas Juntas Generales ordinarias de Accionistas que aprueben los estados financieros que correspondan a cada ejercicio. La prórroga del sistema de retribución con entrega diferida de acciones para los consejeros no ejecutivos se somete a la aprobación de la próxima Junta General.


Tools