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informe con relevancia prudencial 2013

10.3. Características más importantes del sistema de remuneración

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El sistema retributivo de BBVA se aplica al Colectivo Identificado con una serie de particularidades ya que se ha establecido un esquema especial de liquidación y pago de su retribución variable anual, como se expone más adelante. Este sistema retributivo está compuesto por:

1. Retribución fija

La retribución fija en BBVA se establece tomando en consideración el nivel de responsabilidad y la trayectoria profesional del empleado en el Grupo, fijándose una referencia salarial para cada función que refleja su valor para la Organización. Esta referencia salarial se define mediante el análisis de la equidad interna y el contraste con el mercado a través del asesoramiento de firmas especializadas líderes en materia de compensación.

En la retribución total del empleado el componente fijo constituirá una parte suficientemente elevada para permitir la máxima flexibilidad respecto a los componentes variables.

2. Retribución variable

La retribución variable de BBVA constituye un elemento clave en la política retributiva del Banco, ya que retribuye la creación de valor en el Grupo a través de cada una de las áreas y unidades que configuran BBVA, recompensando, en definitiva, las aportaciones individuales, de los equipos y la agregación de todos ellos a los resultados recurrentes del Grupo.

La retribución variable anual en BBVA está constituida por una retribución variable ordinaria en efectivo, y por una retribución variable en acciones, dirigida al Equipo Directivo (en adelante, la “Retribución Variable Anual”) y se ha diseñado de manera que esté alineada con los intereses de los accionistas así como con la gestión prudente de los riesgos y la generación de valor a largo plazo de la entidad. Los aspectos esenciales de la Retribución Variable Anual se detallan a continuación:

Retribución variable ordinaria en efectivo

El modelo de retribución variable ordinaria de BBVA se basa en el establecimiento de unos indicadores de creación de valor para cada unidad que junto con la evolución del resultado del área a la que pertenece y del Grupo en su conjunto, determinan la retribución variable a repartir a los integrantes de dicha unidad, realizándose la distribución entre ellos sobre la base del desempeño individual, que se concreta a través de una evaluación individual de los indicadores establecidos.

Los mencionados indicadores de unidad son de dos tipos: financieros y no financieros propios de cada unidad.

BBVA considera la gestión prudente del riesgo como un elemento determinante dentro de su política de retribución variable, por ello se ha establecido el Beneficio Económico Añadido (BEA) como uno de los principales indicadores financieros para el cálculo de la retribución variable ordinaria de toda su plantilla.

Técnicamente, el BEA es el resultado de sustraer del Beneficio Económico el producto del capital utilizado en cada negocio por el coste del mismo o tasa de retorno esperada por los inversores. El Beneficio Económico se distingue del Beneficio Contable por la utilización de criterios económicos frente a criterios contables regulatorios en determinadas operativas.

Así, puede decirse que conceptualmente, el BEA es el beneficio económico recurrente generado por encima de las expectativas del mercado en términos de remuneración al capital.

Este indicador es considerado, de conformidad con lo establecido en la Guía CEBS (1) que ha sido adoptada por el Banco de España, como una medida adecuada de evaluación de resultados al incorporar ajustes por riesgos actuales y futuros y el coste de capital.

(1) Apartado 96, de las Guías sobre Políticas y Prácticas de Remuneración del Comité de Supervisores Bancarios Europeos, de 10 de diciembre de 2010.

Además, se ha establecido que los indicadores propios de las unidades que realizan funciones de control (Auditoría Interna, Cumplimiento Normativo, Global Accounting & Informational Management, Secretaría General, Riesgos y Recursos Humanos) tengan un mayor peso que los indicadores financieros, para reforzar la independencia del personal que ejerza funciones de control respecto de las áreas que supervisa.

De este modo, la retribución variable ordinaria de BBVA se configura combinando resultados del empleado (financieros y no financieros) con los de su unidad, los del Área a la que pertenecen y los del Grupo en su conjunto; y utilizando el indicador financiero BEA, que además de incorporar los riesgos presentes y futuros, considera el coste de capital en el que se incurre para la obtención de esos beneficios.

Retribución variable en acciones

BBVA entiende que para lograr un mayor alineamiento con los intereses de los accionistas y favorecer la generación de valor a largo plazo, debe mantener un sistema de retribución variable en acciones específico para el colectivo de directivos del Banco (cercano a 2.200 personas en 2013), considerando su especial incidencia en la estrategia y los resultados del Grupo. Esta retribución variable específica es, además, un elemento esencial para conseguir la mayor motivación y vinculación posible de este colectivo con BBVA.

Esta retribución está basada en un incentivo para el equipo directivo (en adelante el “Incentivo para el Equipo Directivo” o el “Incentivo”) que consiste en la asignación anual a cada directivo de un número de unidades que servirá como base para determinar el número de acciones a entregar a la fecha de liquidación del Incentivo y que irá asociado al nivel de cumplimiento de una serie de indicadores a nivel de Grupo, que se determinarán cada año.

Para el año 2013 los indicadores aprobados por la Junta General estaban relacionados con:

  • El “Total Shareholders Return” (TSR), que mide el retorno de la inversión para el accionista como suma de la variación de la cotización de la acción más los dividendos y otros conceptos similares percibidos por el accionista durante un período de referencia, que para 2013 fue entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013.
  • El Beneficio Económico Añadido (BEA) recurrente del Grupo sin singulares que, como se ha indicado, incorpora ajustes por riesgos actuales y futuros.
  • El Beneficio Atribuido del Grupo sin singulares.

El número de unidades asignadas inicialmente a cada beneficiario del sistema se dividirá en tres partes, cada una asociada a un indicador en función de la ponderación de éste y se multiplicará por unos coeficientes entre 0 y 2 en función de una escala definida anualmente para cada uno de ellos.

En el caso del TSR el coeficiente a aplicar será cero siempre que el Banco ocupe posiciones inferiores a la mediana del grupo de referencia, reforzando, de esta forma, la alineación de la retribución variable del equipo directivo con los intereses de los accionistas.

Para el Incentivo del ejercicio 2014 se han mantenido los mismos indicadores, pero el período de medición del TSR será de tres años, entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2014, reforzando la plurianualidad de los elementos retributivos.

Sistema de liquidación y pago de la Retribución Variable Anual

El Banco cuenta con un sistema específico de liquidación y pago de la Retribución Variable Anual aplicable a los miembros del Colectivo Identificado.

Este sistema, que ha sido definido para fomentar una gestión prudente de los riesgos en el Grupo, está adaptado a los requisitos establecidos en el Real Decreto 216/2008 y tiene las siguientes reglas:

  • Al menos el 50% del total de la Retribución Variable Anual de los miembros del equipo directivo del Colectivo Identificado se abonará en acciones de BBVA.
  • A las personas del Colectivo Identificado que no sean miembros del equipo directivo se les entregará el 50% de su retribución variable ordinaria en acciones de BBVA.
  • El pago del 40% de su retribución variable, tanto en efectivo como en acciones, se diferirá en el tiempo, abonándose la cantidad diferida por tercios durante los tres años siguientes. El porcentaje diferido se incrementa en el caso de los consejeros ejecutivos y los miembros del Comité de Dirección hasta el 50% de su Retribución Variable Anual.
  • Todas las acciones que se entreguen conforme a las reglas señaladas serán indisponibles durante un año desde su entrega, aplicándose esta retención sobre el importe neto de las acciones, una vez descontada la parte necesaria para hacer frente al pago de los impuestos por las acciones recibidas. Se establece además la prohibición de realizar coberturas tanto por las acciones entregadas indisponibles como por las acciones pendientes de recibirse.
    Y las partes diferidas de la Retribución Variable Anual serán objeto de actualización en los términos que establezca el Consejo de Administración.

Además, el Consejo de Administración del Banco, a propuesta de la Comisión de Retribuciones, ha establecido que las partes de la Retribución Variable Anual que se encuentren diferidas y pendientes de abono de acuerdo con las reglas anteriores, no serán pagadas a los miembros del Colectivo Identificado cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias con anterioridad a la fecha de abono (“cláusulas malus”):

i.     Que el beneficiario no hubiese generado el derecho a la retribución variable ordinaria de un ejercicio como consecuencia del efecto en los resultados del ejercicio de operaciones contabilizadas en ejercicios anteriores en los que sí generó el derecho al cobro de la retribución variable ordinaria.

ii.     En caso de que haya sido sancionado por un incumplimiento grave del código de conducta y demás normativa interna, en particular la relativa a riesgos, que le resulte de aplicación.

iii.    En caso de extinción de la relación contractual, salvo en los supuestos de jubilación, prejubilación, declaración de incapacidad laboral permanente en todos sus grados o fallecimiento, en los que se mantendrá el derecho al cobro en los mismos términos que si hubiese permanecido en activo.

Además, si en un ejercicio el Grupo BBVA obtuviese resultados financieros negativos (presentase pérdidas), sin considerar los resultados singulares, los beneficiarios no recibirán ni la Retribución Variable Anual que corresponda al ejercicio al que se refieran las pérdidas ni las cantidades diferidas que correspondiese abonarles en el ejercicio en el que se aprueben las cuentas anuales que reflejen dichos resultados negativos.

En todo caso, la retribución variable se pagará únicamente si resulta sostenible de acuerdo con la situación del Grupo BBVA en su conjunto y si se justifica en función de los resultados de la entidad.

Como se ha indicado, el sistema retributivo descrito se aplica al Colectivo Identificado que incluye a los consejeros ejecutivos del Banco, sin embargo la política de retribuciones de BBVA para los miembros de su Consejo de Administración distingue entre el sistema retributivo de los consejeros ejecutivos del que resulta aplicable a los consejeros no ejecutivos.

Así, la descripción del sistema retributivo aplicable a los consejeros no ejecutivos de BBVA se incluye de forma detallada en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de BBVA. De conformidad con lo establecido en dicho Informe, los consejeros no ejecutivos no reciben remuneración variable; percibiendo una cantidad anual en efectivo por ostentar la condición de consejero y otra cantidad para los miembros de las distintas Comisiones, dándose una mayor ponderación al ejercicio de la función de Presidente de cada Comisión y fijándose el importe relativo según la naturaleza de las funciones atribuidas a cada Comisión.


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