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Informe con Relevancia Prudencial 2014

5.1. Diferencias en la cartera de negociación a efectos de la normativa de solvencia y la Circular Contable

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Según lo establecido en la normativa de solvencia, la cartera de negociación estará integrada por todas las posiciones en instrumentos financieros y materias primas que la entidad de crédito mantenga con intención de negociación o que sirvan de cobertura a otros elementos de esa cartera.

Asimismo, en lo que respecta a esta cartera, dicha normativa hace referencia a la necesidad de establecer políticas y procedimientos claramente definidos.

A estos efectos, la cartera de negociación regulatoria definida por el Grupo BBVA recoge las posiciones gestionadas desde las unidades de Salas (Trading) del Grupo, para las que se dispone de límites al riesgo de mercado que se monitorizan diariamente y, además, cumplen el resto de requisitos establecidos por la normativa de solvencia.

La cartera de negociación contable no se circunscribe a un área de negocio, sino que obedece a criterios de representación fiel establecidos por la norma contable. Se incluyen en esta categoría todos los activos y pasivos financieros que se originan, adquieren o emiten con el objetivo de realizarlos o readquirirlos a corto plazo, que sean parte de una cartera de instrumentos que se gestionan conjuntamente para la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias a corto plazo, o que sean instrumentos derivados que no cumplan la definición de contrato de garantía ni hayan sido designados como instrumentos de cobertura contable. Así, por ejemplo, todos los derivados se contabilizan como cartera de negociación contable si no son de cobertura, tanto si forman parte de las exposiciones de las unidades de trading como si son exposiciones de otras áreas de negocio.


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