31. Recursos propios y gestión de capital
Recursos propios
Hasta 31 de diciembre de 2013, la Circular del Banco de España 3/2008, de 22 de mayo, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, regulaba los requerimientos de capital de las entidades de crédito españolas, tanto a título individual como de sus grupos consolidados.
El 27 de junio de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la Unión Europea la nueva regulación sobre requerimientos de capital (denominada CRD-IV), con aplicación a partir del uno de enero de 2014, compuesta por:
- La Directiva 2013/36/UE, de 26 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y las empresas de inversión y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y
- El Reglamento (UE) n.º 575/2013 (en adelante CRR), de 26 de junio de 2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modificaba el Reglamento (UE) nº. 648/2012.
Las directivas tienen que ser traspuestas al ordenamiento jurídico español, mientras que los reglamentos de la Unión Europea son de aplicación inmediata desde su entrada en vigor.
En España, el Real Decreto Ley 14/2013, de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras (en adelante, el RDL), realizó una transposición parcial al derecho español de la Directiva 2013/36/UE y habilitó al Banco de España, en su disposición final quinta, para hacer uso de las opciones que se atribuyen a las autoridades competentes nacionales en el Reglamento (UE) n.º 575/2013.
Por tanto, a partir del uno de enero de 2014, han quedado derogadas las disposiciones de la Circular 3/2008 del Banco de España que vayan en contra de la normativa europea antes mencionada. Adicionalmente, el 5 de febrero de 2014 se publicó la Circular de Banco de España 2/2014, de 31 de enero, por la que, de acuerdo con las facultades que el Reglamento (UE) n.º 575/2013 confiere a las autoridades competentes nacionales, el Banco de España hizo uso de algunas de las opciones regulatorias de carácter permanente previstas en dicho reglamento.
Asimismo, la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito, ha continuado con la transposición de la CRD-IV al ordenamiento jurídico español.
Todo ello constituye la actual normativa en vigor que regula los recursos propios mínimos que han de mantener las entidades de crédito españolas, tanto a título individual como de grupo consolidado, y la forma en la que han de determinarse tales recursos propios; así como los distintos procesos de autoevaluación del capital que deben realizar y la información de carácter público que deben remitir al mercado.
Los requerimientos de recursos propios mínimos se calculan en función de la exposición del Grupo al riesgo de crédito y dilución; al riesgo de contraparte y de posición y liquidación correspondiente a la cartera de negociación; al riesgo de tipo de cambio y al riesgo operacional. Asimismo, el Grupo está sujeto al cumplimiento de los límites a la concentración de riesgos establecidos en la normativa y al cumplimiento de las obligaciones internas de Gobierno Corporativo.
A continuación se muestran, los recursos propios del Grupo, calculados con el perímetro de sociedades de acuerdo con las normativas aplicables en cada una de las fechas presentadas, 31 de diciembre de 2014, 2013 y 2012, aunque para 2013 y 2012 se ha adaptado la nomenclatura de las líneas del cuadro a la nomenclatura aplicable a 31 de diciembre de 2014 para facilitar la comparación:
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Millones de euros | ||
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Recursos propios | 2014 (*) | 2013 | 2012 |
Capital de nivel 1 ordinario | 41.937 | 35.825 | 33.757 |
Capital | 3.024 | 2.835 | 2.670 |
Reservas de la matriz | 42.406 | 41.371 | 38.149 |
Reservas en sociedades consolidadas | (1.204) | (3.380) | 1.042 |
Intereses minoritarios | 1.992 | 2.069 | 2.025 |
Valores convertibles | - | - | 1.238 |
Deducciones (Intangibles y otros) | (6.152) | (8.534) | (11.702) |
Beneficio atribuido neto (menos dividendo) | 1.871 | 1.464 | 335 |
Capital de nivel 1 adicional | - | 2.119 | - |
Participaciones preferentes y valores perpetuos eventualmente convertibles | 4.205 | 2.905 | 1.836 |
Deducciones y resto | (4.205) | (786) | (1.836) |
Total Capital de nivel 1 | 41.937 | 37.944 | 33.757 |
Capital de nivel 2 | 11.046 | 4.515 | 4.461 |
Otros conceptos y deducciones |
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(786) | (2.636) |
Total recursos propios computables | 52.983 | 41.673 | 35.582 |
Total recursos propios mínimos exigibles | 28.047 | 25.871 | 36.858 |
La comparación de los importes a 31 de diciembre de 2014 con respecto a los importes a 31 de diciembre de 2013 se ve afectada por la diferencia de criterios entre las normativas existentes en dichas fechas.
Las variaciones producidas en el ejercicio 2014 en los importes del Capital de nivel 1 en el cuadro anterior son debidas, básicamente, al resultado acumulado hasta diciembre neto de dividendos, la ampliación de capital comentada en la Nota 25 y, además, la nueva emisión de valores perpetuos contingentes convertibles (véase Nota 21.4). Este incremento se ve compensado parcialmente por las nuevas deducciones que han entrado en vigor desde el uno de enero de 2014 principalmente, ajuste en capital por prudent valuation, determinadas posiciones indirectas o sintéticas de acciones propias, participaciones en entidades financieras significativas, activos por diferidos fiscales) y la menor computabilidad de determinados elementos (intereses minoritarios, participaciones preferentes).
En el Capital de nivel 2 el incremento se debe principalmente a los movimientos en otros pasivos subordinados (ver Nota 21.4).
Por la parte de los recursos propios mínimos exigibles, el incremento es debido principalmente a los diferentes criterios aplicados en cuanto al cómputo de requerimientos según la CRR (nuevos requerimientos como por ejemplo, los ajustes por Credit Valuation Adjustment (CVA) para los activos por diferidos fiscales o por participaciones en entidades financieras significativas en la parte que no se deduzcan, etc.) y el incremento de actividad en las unidades del Grupo, principalmente fuera de Europa.
A continuación se presenta una conciliación del patrimonio neto contable con el capital regulatorio (datos provisionales) a 31 de diciembre de 2014:
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Millones de euros |
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Elementos computables | Reconciliación capital contable con capital regulatorio |
Capital | 3.024 |
Prima de emisión | 23.992 |
Reservas | 20.936 |
Otros instrumentos de capital | 67 |
Acciones propias en cartera | (350) |
Beneficio atribuido | 2.618 |
Dividendo atribuido | (841) |
Total Fondos Propios (Balance Consolidado) | 49.446 |
Ajustes por valoración | (348) |
Intereses minoritarios | 2.511 |
Total Patrimonio Neto (Balance Consolidado) | 51.609 |
Acciones y participaciones preferentes computables | 4.205 |
Fondos de comercio y otros intangibles | (1.748) |
Financiación Acciones Propias | (124) |
Deducciones | (1.872) |
Ajustes por valoración no computables como RRPP básicos | (3.567) |
Plusvalías de la cartera de valores representativos de deuda disponible para la venta | (2.713) |
Plusvalías de la cartera de instrumentos de capital disponible para la venta | (854) |
Diferencias de cambio activos no corrientes en venta |
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Ajustes por valoración no computables como RRPP básicos (minoritarios) | (14) |
Otras deducciones | (126) |
Elementos no computables a nivel de solvencia | (3.707) |
Resto de ajustes | (1.308) |
Tier 1 (antes de deducciones) | 48.927 |
(-) Deducciones 50% Tier 1 | (6.990) |
Tier 1 | 41.937 |
Los importes del Fondo de Comercio e Intangibles que se deducen se calculan en función del calendario de implantación correspondiente para esta deducción que, en 2014 según la CRR, era de un 20% en el capital de nivel 1 ordinario. Lo mismo ocurre para el resto de las deducciones.
En los ajustes por valoración de instrumentos disponibles para la venta se dejan de computar, también en función del calendario de implantación aunque, en este caso, al tratarse de plusvalías, en el año 2014 el importe computable por ser el primer año de implantación es del cero por ciento.
Finalmente, las deducciones Tier 1 corresponden principalmente al Fondo de Comercio e Intangibles no deducidos del capital de nivel 1 ordinario (el 80% restante).
A continuación se presenta la conciliación del balance público desde el perímetro contable al perímetro regulatorio (datos provisionales) a 31 de diciembre 2014:
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Millones de euros | |||
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Epígrafes de Balance Público | Balance Público | Entidades aseguradoras e inmobiliarias | Entidades multigrupo y resto ajustes | Perímetro regulatorio |
Caja y Depósitos en Bancos Centrales | 31.430 | (1) | 2.480 | 33.909 |
Cartera de Negociación | 83.258 | (1.008) | 2.327 | 84.577 |
Otros activos a Valor Razonable con cambios en pérdidas y ganancias | 2.761 | (2.189) | 18 | 590 |
Activos financieros disponibles para la venta | 94.875 | (18.394) | 3.875 | 80.356 |
Inversiones crediticias | 372.375 | (859) | 17.959 | 389.475 |
Cartera de inversión a vencimiento | - | - | - | - |
Ajustes a activos financieros por macro-coberturas | 121 | - | - | 121 |
Derivados de cobertura | 2.551 | (169) | 15 | 2.396 |
Activos no corrientes en venta | 3.793 | (19) | 99 | 3.873 |
Participaciones | 4.509 | 3.615 | (3.891) | 4.233 |
Resto | 36.270 | (1.807) | 3.580 | 38.043 |
Total Activo | 631.942 | (20.830) | 26.460 | 637.572 |
Gestión de capital
La gestión de capital en el Grupo BBVA persigue el cumplimiento de un doble objetivo:
- Conservar un nivel de capitalización acorde con los objetivos de negocio en todos los países en los que opera y, simultáneamente,
- maximizar la rentabilidad de los recursos de los accionistas a través de una asignación eficiente del capital a las distintas unidades, de la buena gestión del balance y de la utilización, en las proporciones adecuadas, de los diversos instrumentos que forman la base de sus recursos propios: acciones, participaciones preferentes y deuda subordinada.
Todo ello, conforme a los criterios, tanto en la determinación de la base de capital como de los ratios de solvencia, establecidos por los requerimientos prudenciales y de capital mínimo de las entidades sujetas a supervisión prudencial en cada uno de los países.
La normativa vigente permite a cada entidad la aplicación de modelos internos, previa aprobación por parte del Banco de España, para la evaluación de riesgos y la gestión de su capital (denominados por su acrónimo en inglés, “IRB”). El Grupo BBVA gestiona sus riesgos de manera integrada de acuerdo con sus políticas internas (ver Nota 7) y su modelo interno de estimación de capital para determinadas carteras fue aprobado por el Banco de España.
Evaluación integral de bancos
El 26 de octubre de 2014 se publicaron los resultados de la evaluación integral (“Comprehensive Assessment”) realizada por el BCE junto con EBA. Dicho examen se componía, principalmente, de una revisión exhaustiva de la calidad de los activos (Asset Quality Review o AQR, por sus siglas) y de un ejercicio de resistencia (stress test). El objetivo es cuantificar el posible déficit de capital de cada entidad previo a la entrada en funcionamiento del SSM, en el que los principales bancos europeos empezarán a ser supervisados directamente por el BCE. Dicha evaluación no ha supuesto ningún impacto en los estados financieros consolidados del Grupo.